Magaly
Zamora Morejón
Como un mosaico, la sociedad cubana manifiesta la interacción y el
comportamiento de individualidades y grupos sociales que no siempre responden
de igual manera a los patrones de conducta que se espera de ellos.En esa diversidad sobresale de manera creciente un número nada despreciable de individuos que se auto denominan “luchadores” y viven a la caza de una coyuntura para hacer dinero fácil a expensas de quienes los rodean.
Estos depredadores del bolsillo ajeno, carentes totalmente de escrúpulo, son verdaderos oportunistas que se valen de las fisuras en el entramado legal y económico de la Nación y corrompen con su accionar tanto a simples empleados como a directivos de establecimientos públicos.
Cada vez con más frecuencia los vemos acaparando y revendiendo cualquier cosa que tenga demanda, ya sea la papeleta para entrar a un teatro, la ropa reciclada, artículos de primera necesidad, materiales de construcción y plomería hasta más recientemente las tarjetas para la conexión a Internet.
A la puerta de las propias tiendas en divisa los encontramos pregonando las mercancías que poco tiempo antes estuvieron a la venta en esos establecimientos y desaparecieron rápidamente como por arte de magia.
Cabe preguntarse cómo saben siempre con antelación dónde y a qué hora expenderán los productos con los cuales pueden lucrar y no hay que ser un experto para saber que casi siempre están en contubernio con dependientes y almaceneros quienes más tarde obtienen una tajada por su cooperación.
Su actuar con total libertad a la vista pública, sin ninguna medida represiva, nos hace traer a colación las palabras de Eduardo Galeano: “la impunidad, premia el delito, induce a la repetición y le hace propaganda, estimula al delincuente y contagia su ejemplo”.
Ponerles coto a estos comerciantes inescrupulosos que juegan con la necesidad del prójimo es un imperativo de la sociedad, pues tolerar su actuación sólo estimula su modo de vida parásito a la vez que corrompe el Estado de Derecho en que debemos vivir.
El Código Penal cubano expresa en su artículo 230 referido a la especulación y el acaparamiento, que “ Se sanciona con privación de libertad de tres meses a un año o multa de 100 a 300 cuotas o ambas al particular que adquiera mercancías u otros objetos con el propósito de revenderlos para obtener lucro o ganancia".
Si ya está contemplado en la ley, vale entonces que las autoridades pertinentes sean veladores y exigentes cumplidores de ella, para desterrar de una vez por todas esta forma de oportunismo de nuestra vida diaria.
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